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La delegación del gobierno aclara que el ayuntamiento no puede convocar manifestaciones

La delegación del gobierno de Madrid ha enviado una respuesta al ayuntamiento en la que aclara aspectos jurídicos sobre la convocatoria de actos públicos. Según el comunicado, el consistorio no puede ampararse en el derecho de reunión para organizar manifestaciones y debe limitarse a actos institucionales. La Constitución Española reconoce en su artículo 21 el derecho a manifestarse, que requiere solo comunicación previa y puede prohibirse únicamente por razones de orden público. Los expertos consultados indican que estos derechos fundamentales están dirigidos a las personas y no a las administraciones públicas.