Límites al cobro de deudas: las empresas no pueden acosar ni revelar datos
El debate sobre los métodos de cobro de deudas vuelve a la actualidad por el aumento de reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos. El sector defiende que gestionó 470.000 millones de euros y recuperó más de 13.000 millones, en su mayoría mediante acuerdos amistosos. La ley prohíbe las llamadas reiteradas, la revelación de datos a terceros y el almacenamiento de información más allá de cinco años. Las infracciones pueden acarrear multas de entre 20.000 y 220.000 euros según la gravedad. El Tribunal Supremo ha recordado que incluir deudas controvertidas en ficheros de morosos vulnera el derecho al honor y genera derecho a indemnización. Además, la nueva ley procesal obliga a acreditar un intento previo de negociación antes de iniciar acciones judiciales.