Sentencia del Supremo: el tiempo de fumar no cuenta como trabajo efectivo
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que aclara el estatus de las pausas para fumar durante la jornada laboral. Según el fallo, este tiempo no se considera trabajo efectivo, por lo que las empresas pueden exigir que se fiche al abandonar el puesto y que se recupere posteriormente. La resolución distingue estas pausas de los descansos protegidos por el Estatuto de los Trabajadores, como el uso del baño o los quince minutos obligatorios en jornadas superiores a seis horas. Aunque en el pasado muchas empresas hicieran la vista gorda, el Supremo indica que no se trata de un derecho adquirido. El contenido recuerda que los trabajadores pueden aprovechar los descansos legales si necesitan fumar, pero advierte de las consecuencias de saltarse las normas internas de fichaje.